miércoles, 6 de febrero de 2013

Derechos post mortem, «nota roja» e impunidad

Por Marco Lara Klahr
 
La versión de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en cuanto a que entre diciembre y enero cinco personas murieron en el Cerro de la Estrella a causa de ataques de perros ferales o entrenados deja interesantes y útiles lecciones sobre los, digamos, anticuerpos culturales de la decimonónica «nota roja» y la impunidad.

En términos comunicacionales, este suceso volvió a mostrarnos que sobreviven aun en medios reputados como «serios» ―lo mismo BBC Mundo y terra.com, que Reforma y El Universal― clichés del tipo de «perros asesinos» o el barbarismo «jauría de perros».
Constatamos que, exhibiendo ignorancia e indignidad profesional, los periodistas y editores se refirieron a animales como «detenidos», «acusados de asesinato» o «exonerados», tal cual si fueran seres imputables y, en consecuencia, sujetos procesales de acuerdo, por ejemplo, con el Código Penal del Distrito Federal.

Del mismo modo, aludieron a perros que «resultaron negativos» ―siendo «negativos» en todo caso los resultados de los estudios practicados a los animales― y a un supuesto «modus operandi» de los animales agresores.

También se hizo evidente una vez más la sumisión de los periodistas hacia la autoridad de procuración de justicia o hasta la incomprensión acerca del papel que la Constitución asigna al ministerio público; ostensiblemente ignoran u omiten el hecho de que las investigaciones y actuaciones ministeriales, incluidas las periciales, son apenas elementos indiciarios que han de presentarse ante el juez para que sea él quien resuelva si poseen valor probatorio, dé cauce al proceso judicial con base en ellos y, si es el caso, emita una sentencia; así, en este caso los «hallazgos» de los Servicios Periciales del DF no tienen valor probatorio per se ni constituyen la verdad en sentido judicial.

Esta discursividad, que hace evocar la medieval literatura de cordel, sería hilarante si no fuera porque se refiere a hechos atroces que costaron la vida, según la Procuraduría capitalina, a cinco personas y de una de las formas más crueles.

Y aquí surge otra arista, aún más relevante, que puede resumirse en esta pregunta: ¿cualquiera puede hacer con un cadáver humano lo que desee?

Leal a la perniciosa política de comunicación que la caracteriza, la Procuraduría citada entregó a medios noticiosos fotografías tomadas a los cuerpos de algunas de las víctimas del Cerro de la Estrella.

El concepto «derechos post mortem», aunque no está mencionado por ninguna norma de orden civil o penal en México, incluye un conjunto de derechos de los ciudadanos fallecidos, como los que tienen a que: i) se investiguen las causas de su muerte cuando esta pudiera haber sido producida por hechos constitutivos de delito; ii) reciban digna sepultura; iii) consigne su muerte el Registro Civil; iv) surta efecto su voluntad testamentaria, y v) se les guarde memoria ―en casos de genocidio u otro tipo de asesinatos en masa, por ejemplo.

A propósito de este concepto, después de ver en varios medios imágenes de supuestas víctimas mortales de ataques de perros busqué al politólogo Héctor Villarreal, autor del espléndido ensayo «Derechos post mortem de la persona», y tras una primera charla concluimos que si bien de los puntos anteriores puede inferirse que, para ciertos efectos, después de que morimos permanece nuestra personalidad jurídica, existe en México un vacío legal que deja en la indefensión a las víctimas mortales y sus familias.

Todos los días vemos en la industria noticiosa las consecuencias de dicho vacío: la cosificación, denigración, criminalización y hasta ridiculización y banalización de personas muertas trágicamente y sus cuerpos. En el caso del Cerro de la Estrella, quizá la expresión más descarnada sea el encabezado «Confirman crimen muy perrón», del diario Reforma [enero 9, 2013], acompañado de imágenes de cuerpos mutilados.

¿Qué movió a los editores y directivos a permitir la publicación de un titular así? No lo han explicado, aunque la cantidad y tono de las indignadas protestas de los lectores expresadas en la versión del diario en línea los obligó a sustituirlo por «Hallan restos humanos en perros» ―sin tomarse la molestia de explicar sus decisiones ni disculparse.

Puesto que los derechos post mortem no están asentados en ley alguna, políticas y decisiones editoriales de este tipo sobrevivirán y sus perpetradores no tendrán que asumir responsabilidades legales.

En contraste, no es el caso de los servidores públicos que proveyeron las imágenes y la información denigrante de las víctimas: ellos transgredieron leyes penales, administrativas y de acceso a la información pública, al violar la secrecía a que están obligados en los casos de expedientes y diligencias de orden judicial.

Eh aquí dos flagrantes impunidades que propician y se nutren de la «nota roja».

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