Comunicado
Propone reducción de plazo para que las instancias públicas
contesten solicitudes de información, no requerir identificación para
interponer recursos de revisión y que la Comisión de Transparencia sancione
directamente a quienes no acaten la Ley.
Para el proceso de selección de los Consejeros, propone que
la Comisión Instructora del Congreso se apoye de la COMAIP, Jurídicas de la
UNAM y el CIDE.
El Capítulo Oaxaca de la Asociación Mexicana de Derecho a
la Información (AMEDI) presentó ante la LXI Legislatura del H. Congreso, una
iniciativa con proyecto de Decreto de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado de Oaxaca.
En la exposición de motivos, AMEDI Oaxaca detalla que la
iniciativa de Ley de Transparencia presentada recoge las experiencias y
propuestas de AMEDI Nacional, durante una
década de participación en
diversos foros relacionados con el acceso a la información pública y sin duda,
el activismo permanente en favor de la libertad de expresión y el derecho a la
información.
El proyecto de Decreto de Ley de Transparencia plantea
como sujetos obligados a los tres Poderes del Estado, los Ayuntamientos, los
órganos constitucionales autónomos, los partidos políticos, los sindicatos, las
organizaciones no gubernamentales y cualquier persona física o moral que reciba
recursos públicos.
Establece también la reducción del plazo que tienen
actualmente los sujetos obligados para contestar las solicitudes de información,
proponiendo que de 15 días hábiles, se resuelvan máximo en 10.
AMEDI Oaxaca también especifica en su propuesta al Poder
Legislativo que cuando las y los solicitantes de información inconformes
interpongan un recurso de revisión solo baste expresar el motivo por escrito,
suscribiéndolo con su nombre y firma, es decir, sin necesidad de acreditar con
documentación oficial su personalidad.
El Capítulo consideró necesario que la Comisión imponga
directamente las sanciones a los servidores públicos que no acaten la Ley de
Transparencia, y propone que tales sanciones vayan del Apercibimiento, a multas
de 10 a 100 días de salario mínimo vigente en el Estado, destitución, o hasta
la inhabilitación para el ejercicio de
un cargo público de seis meses a tres años.
AMEDI Oaxaca propone que el Congreso del Estado, a través
de la Comisión Permanente Instructora expida una convocatoria pública para la
selección de los Consejeros de la Comisión de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos Personales y que para efectos del
procedimiento de la convocatoria, la recepción de propuestas, las entrevistas y
la evaluación de las y los candidatos, cuente con el apoyo y asistencia de una
institución relacionada con la materia de la Ley a fin de garantizar la
imparcialidad del proceso y la calidad de la evaluación.
AMEDI Oaxaca propone que la Comisión Permanente
Instructora invite al menos a un representante de la Conferencia Mexicana de
Acceso a la Información Pública (COMAIP), del Área de Derecho de la Información
del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma
de México (IIJ-UNAM) y del Centro de Investigación y Docencia Económicas
(CIDE), para que colaboren con ella en la certificación del cumplimiento de los
requisitos en la integración de la documentación de las y los candidatos, en la
creación y aplicación de las entrevistas, y en la evaluación final, y así
integrar un dictamen que será sometido a votación del Pleno del H. Congreso del
Estado.
Y atendiendo a la idoneidad, experiencia y honorabilidad,
así como a los principios de pluralidad, paridad de género, apartidismo y no
discriminación que estableció la Reforma Constitucional de abril de 2011
respecto a la selección de las y los integrantes de los Órganos Autónomos
Constitucionales, como la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Datos
Personales -así como de sus Consejos Consultivos- , AMEDI Oaxaca propuso en la
Iniciativa de Ley de Transparencia presentada ante el H. Congreso del Estado,
requisitos para integrarlos.
Tales requerimientos son: “Ser ciudadano mexicano, con
residencia comprobable en el Estado de tres años anteriores a la publicación de
la convocatoria; tener entre veinticinco y sesenta y cinco años de edad al día
de la convocatoria; contar con cédula profesional a nivel licenciatura; haberse
desempeñado en actividades de servicio público o académicas, relacionadas con
la materia de esta Ley, al menos durante un año previo al proceso de selección;
no haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso; no ser ministro
de culto; y no haberse desempeñado, en los dos últimos años anteriores al día
de su designación, como legisladores locales o federales, servidores públicos
de mando superior de la federación, del Estado o de los Ayuntamientos, o
hubiesen ocupado cargo en algún partido político”.
*Sobre la iniciativa de Ley de
Transparencia presentada ante el H.
Congreso de Oaxaca, más información con el Coordinador del Comité Jurídico del
Capítulo Oaxaca de la AMEDI, Juan Gómez Pérez 044 951 1980765 juridico@amedioaxaca.org.mx, y jgomez_k96@yahoo.com.mx .
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